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    Habilitación

    Proceso por el cual una persona se considera validada legalmente para ejercer determinadas funciones.

    En Psicología, tuvo lugar un proceso de habilitación sanitaria que hunde sus motivos en los años previos.

    Entre 2006 y 2010, hubo intentos destinados a que un Licenciado/a en Psciología pudiese abrir un centro sanitario de forma privada para los que no se necesitase el título de PEPC, como por ejemplo, un psicotécnico. Estos intentos resultaron desestimados por los tribunales. En 2011 se buscó una solución, por lo que, tras iniciar la creación de la figura del PGS se optó por una habilitación sanitaria provisional para poder abrir y regentar dichos centros. Esta habilitación tenía un plazo de tres años.

    Los criterios para acceder a esta habilitación eran:

    a) Por haber superado los estudios de graduado/licenciado, siguiendo un itinerario curricular cualificado por su vinculación con el área docente de Personalidad, Evaluación y Tratamiento Psicológicos, o con la Psicología Clínica y de la Salud.

    b) Por haber adquirido una formación complementaria de posgrado no inferior a 400 horas (o su equivalente en créditos europeos), de las que al menos 100, tendrán carácter práctico, vinculada a las áreas mencionadas en la anterior letra a).

    Seguramente, las expectativas iniciales incluían un proceso de homologación del título de PGS. En 2014 se optó por cambiar el carácter de estas habilitaciones de temporales a indefinidas. Desconocemos los motivos de crear una habilitación sine die en lugar de un proceso de homologación, pero los motivos que se presuponen tienen que ver con la cantidad de expedientes masivos que habría que catalogar, y las malas experiencias sufridas en el proceso de homologación de la especialidad.